Evaluaciones clínicas conjuntas: una oportunidad para mejorar el acceso en la UE con aspectos por pulir

En menos de un año comenzará la aplicación del nuevo reglamento de HTA. Este incluye una nueva herramienta que nace con el fin de evitar duplicidades y reducir inequidades: las evaluaciones clínicas conjuntas (JCA, por sus siglas en inglés). La implementación de estas comenzará en oncología y terapias avanzadas y, para garantizar que su uso deriva en un impulso del acceso, agentes del sector han puesto el foco en aquellos aspectos con margen de mejora antes de que comience a usarse esta nueva normativa

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En enero de 2025 comenzará la implantación del nuevo reglamento de evaluación de tecnologías sanitarias (HTAR, por sus siglas en inglés) en la Unión Europea, el cual entró en vigor en enero de 2022. Desde la Comisión Europea (CE) recogen que el objetivo de esta nueva normativa es mejorar el acceso a la innovación para los pacientes de la Unión Europea (UE), garantizando un unos eficiente de los recursos.

Una de las partes del HTAR es la realización de evaluaciones clínicas conjuntas (JCA, por sus siglas en inglés), punto sobre el que existe disparidad de opiniones en el sector, ya que diversos agentes apuntan que hay aspectos con margen de mejora para asegurar que, al implantar este nuevo marco normativo, se cumplan los objetivos para los que se diseñó. Para tratar de solventar los apartados que generan dudas o en los que se ha detectado margen de mejora, la Comisión Europea abrió una consulta pública en la que, hasta el 2 de abril, los stakeholders presentaron sus aportaciones al borrador del documento sobre JCA. Una vez cerrado el plazo para enviar aportaciones a la consulta pública que se había impulsado en torno a las evaluaciones clínicas conjuntas, se contabilizaron un total de 129 provenientes de organizaciones o personas individuales.

El objetivo que se persigue con las JCA es acelerar el acceso a tratamientos innovadores, logrando un equilibrio entre la generación y la evaluación de evidencia, para lograr facilitar las decisiones nacionales sobre la financiación de nuevas opciones terapéuticas. En enero de 2025 se comenzará a aplicar el nuevo HTAR en medicamentos oncológicos y terapias avanzadas (ATMPs), por lo que en estos meses deberá revisarse el texto del reglamento con las aportaciones recopiladas de todas las partes y tratar así de que las JCA se establezcan como una herramienta útil que agilice los procesos de evaluación y disponibilidad de medicamentos.

Uno de los objetivos que persigue el nuevo marco normativo es evaluar el valor añadido de terapias y otras intervenciones médicas

Cuando se menciona que la aplicación del reglamento comenzará en enero de 2025, en el caso de las JCA se hace referencia a su implementación en terapias avanzadas (ATMPs) y medicamentos oncológicos. En 2028 se incorporarán los medicamentos huérfanos y, en 2030, el resto de fármacos, los sistemas de diagnóstico in vitro y los dispositivos médicos de alto riesgo. Las vacunas, biosimilares y genéricos quedan fuera de este reglamento. Por ello, antes de que empiece a adoptarse con ATMPs y fármacos oncológicos, la CE quería recopilar en una consulta las valoraciones acerca de aquellos aspectos que suscitan dudas, para tratar de aclararlos y dotar así a esta herramienta de la mayor utilidad posible.

Análisis comparativo

Uno de los fines que persigue el nuevo marco normativo es el de evaluar el valor añadido de las terapias u otras intervenciones médicas desde una perspectiva integral, tratando de evitar duplicidades y armonizando el proceso. Pero, basándose en el contenido que regula las evaluaciones clínicas conjuntas y como recoge un informe elaborado en 2022 por la consultora especializada IQVIA analizando el texto de esta normativa, surge la duda de si su aplicación acelerará el proceso o lo hará más complejo.

Y es que, dentro de estas evaluaciones conjuntas se encuadran las denominadas ‘consultas científicas conjuntas’ o JSC por sus siglas en inglés; se trata de recomendaciones no vinculantes que pueden solicitar los promotores de ensayos clínicos después del estudio de viabilidad o la prueba de concepto, para mejorar la calidad de los datos que se presenten ante una futura evaluación de HTA.

Estas las emiten las agencias reguladoras de todos los países que forman parte del Comité de Consistencia y Calidad Científica la EUnetHTA 21: AEMPS (España), AIFA (Italia), G-BA (Alemania), HAS (Francia), INFARMED (Portugal), KCE (Bélgica), NCPE (Irlanda), NIPN (Hungría), NOMA (Noruega), TLV (Suecia) y ZIN (Países Bajos). Cada Estado miembro informará al comité cuando realice consultas de esta índole a nivel nacional que sean objeto de las consultas científicas conjuntas. A este respecto, la propia red recoge que “las especificidades nacionales pueden seguir haciéndose visibles en las consultas de EUnetHTA 21 y sus resultados”. Será papel del Comité seleccionar los criterios a incluir de cada parte en la evaluación conjunta.

Cabe destacar también que las JCA ofrecerán información de eficacia clínica y de seguridad, pero no otros aspectos como información de precio y reembolso. Además, los Estados miembro deberán incluir en sus evaluaciones la información relativa a otros ámbitos, como aspectos económicos, sociales y de organización; por otra parte, cada país está obligado a justificar de qué manera ha utilizado la JCA emitida a nivel comunitario, aunque desde la CE inciden en que el contenido de estas no es vinculante para la decisión final que adopte cada país sobre la terapia en cuestión.

En el informe de IQVIA también se planteaban dudas acerca de la implicación de la industria o los pacientes en la toma de decisiones, o los tiempos que se otorga a los promotores de los ensayos clínicos para aportar evidencia robusta que respalde las autorizaciones. También se cuestionaba que, dadas las inequidades entre sistemas sanitarios europeos, en aquellos menos eficientes, pueda demorarse todavía más la disponibilidad de fármacos en lugar de acelerar el proceso. En la teoría, las evaluaciones conjuntas pretenden evitar duplicidades en los procesos de aprobación de medicamentos; pero precisamente estas disparidades territoriales hacen que surjan dudas acerca de que vaya a contribuir a que se cumpla este objetivo.

Así, las JCA pretenden ser de utilidad para evaluar la eficacia clínica de las nuevas tecnologías en comparación con las opciones terapéuticas disponibles. Pero, desde la EFPIA ponen el foco en que todavía es necesario conocer al detalle cómo funcionará este enfoque -así como el de EUnetHTA21, para que las empresas que desarrollan estas tecnologías sanitarias puedan actuar con previsión para realizar todas las partes del proceso correctamente.

Visión de la EFPIA

Desde la Federación Europea de Asociaciones de la Industria Farmacéutica (EFPIA), al conocerse el borrador del reglamento, expusieron que este “debería buscar una alineación de las metodologías y requisitos de información europeos comunes y los criterios armonizados de evaluación de tecnologías sanitarias, en lugar de una mera fusión de prácticas nacionales que socavaría la objetivos del Reglamento”.

Asimismo, la patronal europea lamenta que, a pesar de las aportaciones que ya expusieron numerosos agentes para la elaboración del texto del reglamento, estas no hayan sido tenidas en cuenta, considerando que debería implicarse más a las compañías, por la información que estas pueden aportar y su dilatada experiencia en la participación en los procesos de evaluación. Y es que, aunque las empresas puedan aportar evidencias a las JSC, a nivel global de la evaluación, el sector considera que el rol que se les otorga no es suficiente. En este aspecto coincide la EFPIA lamentando que, aunque antes de la elaboración del marco normativo se expuso que el proceso sería inclusivo, el borrador otorga un papel escaso a las compañías. Cabe destacar que para las compañías farmacéuticas el nuevo HTAR es presente y no futuro, puesto que algunas de las moléculas que actualmente tienen en proceso de investigación, ya serán evaluadas en torno al nuevo marco normativo.

Para obtener un análisis pormenorizado de las fortalezas y debilidades de las JCA, la EFPIA publicaba recientemente un informe que había encargado a la consultora Evidera. Este pone de relieve la necesidad de una “orientación transparente, pragmática y basada en la evidencia” para analizar cómo estos cambios van a afectar a los procesos de evaluación de medicamentos y su posterior introducción en los sistemas sanitarios nacionales.

La EFPIA considera que las JCA han de incluir todos los criterios de valoración relevantes, como pueden ser los datos en vida real en el caso de la oncología

Este informe simuló llevar a cabo tres JCA sobre medicamentos oncológicos aprobados en los últimos años para comprender las implicaciones de los métodos propuestos sobre estas evaluaciones en el nuevo reglamento de HTA. Una de las conclusiones que se recoge en el informe es el amplio alcance de evaluación, llegando a poblaciones muy amplias y también en términos de comparación, atendiendo al análisis PICO (Population, Intervention, Comparator(s), Outcomes). En su traducción, estas siglas se refieren al análisis de la población, intervenciones, comparadores y resultados que engloba este sistema.

Desde la EFPIA ponen de relieve también que estas evaluaciones conjuntas han de tener en cuenta todos los criterios de valoración relevantes, en este caso atendiendo a las especificidades de la oncología y las terapias avanzadas. Esto es, más allá de incluir parámetros como la supervivencia, recopilar otro tipo de información que evalúe el impacto de los tratamientos en la vida de los pacientes a diferentes niveles, como con datos en vida real, incluso en aquellos ensayos clínicos que cumplen los más altos estándares de calidad.

En este sentido, la patronal europea señala que las directrices de la EUnetHTA21 no consideran detalladamente las especificidades de los tratamientos oncológicos, ni de las terapias avanzadas que utilizan genes, tejidos y células. Por ello determinan que, en caso de aplicarse las JCA con este enfoque a principios de 2025, la herramienta podría obstaculizar el acceso a algunas de las terapias más innovadoras que actualmente se encuentran en proceso de investigación.

Así, la entidad considera que, atendiendo al gran dinamismo y rápida evolución que experimentan las terapias contra el cáncer y las ATMPs, se requiere contar con un enfoque flexible que tenga en cuenta sus características concretas y permita comparar las nuevas terapias con los tratamientos existentes.

En palabras de Nathalie Moll, directora general de la EFPIA, teniendo en cuenta los rápidos avances de la ciencia y en concreto de la oncología, “es necesario igualar esa innovación en la forma en que utilizamos el nuevo Reglamento HTA para crear un acceso más rápido para los pacientes en toda Europa”. “Colectivamente, necesitamos un marco claro, viable y predecible para que todas las partes interesadas sean plenamente funcionales en el momento en que se evalúen los primeros productos”, agrega.

“La EFPIA espera trabajar con el HTAnet21, la Comisión Europea y el resto de agentes implicados en HTA para ayudar a definir directrices y acuerdos de implementación óptimos que permitan al futuro sistema cumplir su objetivo de llevar los medicamentos a los pacientes más rápido”, añadió.

Puntos de mejora

Una vez realizado el análisis acerca del contenido de las JCA, la plataforma de Oncología de la EFPIA propone medidas concretas para mejorar las deficiencias o puntos de mejora que se han identificado en estas evaluaciones clínicas conjuntas. También el análisis de IQVIA da pistas de hacia dónde han de dirigirse las mejoras incluidas en la adopción de las JCA.

Así, aluden a la necesidad de garantizar la participación significativa y oportuna de los desarrolladores de tecnologías sanitarias, expertos clínicos y pacientes en la definición de cómo se evaluarán las nuevas terapias en el marco de los JCA. Cabe destacar que, dentro de las aportaciones recogidas en la consulta pública sobre los JCA que ha recopilado la Comisión Europea, una de las demandas que más se ha repetido es la de dimensionar adecuadamente la participación tanto de pacientes y sus organizaciones como de compañías; en el caso de los pacientes, para que tengan más voz en la toma de decisiones y en el de las compañías, para que estén más involucrados desde el principio del proceso y puedan así asegurarse de que cumplen todos los requisitos y aportan la información necesaria para llegar a tiempo en los procesos. En esta misma línea, tanto el informe de IQVIA como algunos de los comentarios recogidos por la CE aluden a la necesidad de estipular unos plazos que, aunque se acorten en determinadas etapas del proceso para asegurar que se acelere la disponibilidad de medicamentos innovadores, den margen a las compañías para disponer de la evidencia suficiente y poder aportarla en tiempo y forma.

entro del reglamento se señala que, simultáneamente al arranque del proceso de autorización de la Agencia Europea del Medicamento (EMA), se empezarán a elaborar los documentos integrados dentro de la evaluación clínica conjunta. Uno de los problemas reside en que, se fija que esta evaluación ha de entregarse, a más tardar, 45 días antes de que el Comité de Medicamentos de Uso Humano (CHMP) de la EMA emita su dictamen, y este tiempo puede ser insuficiente para incluir evidencia robusta. Por ello, en una de las reuniones de EUnetHTA 21 se sugirió que los análisis realizados por los Estados miembro estén finalizados 20 días antes de lo establecido en el reglamento para empezar a preparar antes el dossier, o que estos dos puedan empezar a desarrollarse de forma paralela.

La EFPIA e IQVIA instan a revisar los tiempos estipulados para entregar la documentación

Por otra parte, llaman a utilizar un proceso de determinación de alcance optimizado basado en evidencia, a brindar asesoramiento integral y flexible para adaptarse al escenario del panorama oncológico, a aprovechar la metodología de última generación y toda la evidencia disponible —incluyendo datos de vida real—, así como las últimas técnicas de síntesis de datos. Por último, recuerdan la necesidad de que se considere la totalidad de criterios de valoración relevantes para la oncología, no sólo atendiendo a parámetros de supervivencia incluidos en los ensayos clínicos, sino integrando otros aspectos como la calidad de vida y otros resultados relevantes para el paciente.

Además, desde IQVIA ponen de manifiesto que podrían surgir problemas si no se clarifica bien la función de la agencia europea y las de cada Estado miembro y que, en lugar de simplificarse el proceso de evaluación acelerando el acceso, este pueda ralentizarse, sobre todo en aquellos países con sistemas menos eficientes. El informe de IQVIA también pone el foco en otra posible disparidad, en este caso entre las JSC y JCA, reflejando la incertidumbre ante cómo se afrontarían las consultas científicas, teniendo en cuenta la situación en cada momento concreto.

Con todo esto y una vez recopilada la visión de los agentes del sector desde varias perspectivas, con los datos recogidos en la consulta pública de la Comisión Europea y los análisis impulsados por la EFPIA e IQVIA, está en el tejado de la CE y la EUNetHta21, recoger todas estas perspectivas para integrarlas con un objetivo claro: mejorar la disponibilidad de medicamentos innovadores en la Unión Europea y que esto repercuta en un beneficio sobre los pacientes.